Es un servicio que se realiza la absolución de consultas laborales de manera directa, lo que implica que el trabajador o ex trabajador o empleador o representante el empleador debe apersonarse a la oficina de consultas al trabajador o consultas al empleador según corresponda
¿Dónde se realiza?
Oficina de Consultas al Trabajador _ oficina Nº 110; Oficina de consultas al empleador_oficina Nº 103; ubicadas en el primer piso de la sede principal, sito en Av. Salaverry Nº 655 Jesús María.
A la línea gratuita 0800-16872 (Sólo Trabajadores).
¿A quién está dirigido?
La Ley (Decreto Legislativo Nº 910 y su Reglamento) comprende a jóvenes en formación, trabajadores, extrabajadores, organizaciones sindicales y empleadores, sean estas últimas personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, como sujetos responsables del cumplimiento de las normas laborales de carácter legal o convencional, de promoción y formación para el trabajo, de seguridad y salud en el trabajo, sujetas al régimen laboral de la actividad privada.
El ámbito se extiende a las Cooperativas de Trabajadores y a sus socios trabajadores, y a las personas naturales o jurídicas que prestan servicios como agencias de empleo o de colocación de trabajadores del hogar y a los que laboran como trabajadores del hogar.
¿Cuales son los requisitos?
Para el área de consultas al trabajador:
- Recabar ticket de atención a partir de las 7:00 a.m.
- Presentar DNI vigente o DNI de menor de edad o partida de nacimiento o boleta militar, según corresponda. Si es extranjero deberá presentar carné de extranjería.
- Conocer e informar el nombre o razón social del empleador (en caso de personas jurídicas) y domicilio correctos de su empleador, cuando se le requiera.
- Presentar toda documentación que acredite ser o haber sido trabajador del empleador que indica.
Para el área de consultas al empleador:
- Presentar DNI vigente.
- Conocer e informar el nombre y domicilio de la empresa por la cual realiza la consulta. Señalar el número de RUC del empleador que representa.
- Documentación que acredite venir a nombre de la empresa que señala. En caso de ser un tercero que efectúa la consulta, debe exhibir la carta poder simple del empleador que representa.
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo / Mesa de partes: Av. Salaverry 655 - Jesús María
Central Telefónica : 630-6000 / 630-6030 / 630-6060 / Línea Gratuita para consultas laborales 0800-16872 Horarios de Atención